Imp. al Fraccionamiento

  • El/la interesado/a deberá presentar el proyecto de fraccionamiento en el departamento de catastro, posteriormente este expide a la Intendencia el dictamen correspondiente en base a leyes y normas legales. Una cumplido con todos los trámites de rigor y aprobado dicho proyecto se procede al cobro del impuesto que lo afecta en la sección liquidaciones.
  • El fraccionamiento de tierra abonara un impuesto de dos por ciento sobre la evaluación fiscal de la tierra a ser fraccionada en las zonas urbanas y sub-urbanas del municipio y del cinco por ciento en la zona rural.