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La Municipalidad de Bella Vista recuerda a la ciudadanรญa en general y especรญficamente a los integrantes de las comisiones vecinales la vigencia de la Ordenanza 49/2013 que โReglamenta la creaciรณn, el funcionamiento y control de las Comisiones Vecinales, de Fomento y Otrasโ, en su Artรญculo Nยฐ 12, establece que las Asambleas Ordinarias deberรกn ser realizadas dentro de los primeros 90 dรญas del aรฑo, como fecha tope el 31 de marzo de cada aรฑo.
Ademรกs, el Artรญculo Nยฐ 14 establece la obligatoriedad de comunicar a la Municipalidad de Bella Vista con una anticipaciรณn de 10 (diez) dรญas a la realizaciรณn de las asambleas, asรญ como la publicaciรณn por medios de comunicaciรณn.
Para mรกs informaciones o consultas sobre las conformaciones o renovaciรณn de comisiones, favor acercarse hasta la Secretarรญa de Planificaciรณn y Desarrollo de la Municipalidad de Bella Vista.